El Tribunal Supremo ha acogido favorablemente el recurso interpuesto por varios colegios de Procuradores de diversas localidades españolas en contra del Real Decreto 307/2022. En su fallo, la Sala determinó que el análisis económico contenido en la Memoria de Análisis de Impacto Normativo resultaba insuficiente, incumpliendo así con los requisitos legales mínimos establecidos. Esta carencia había sido previamente señalada por el Consejo de Estado, la Oficina de Coordinación y Calidad Normativa del Ministerio de la Presidencia, el Pleno del Consejo General del Poder Judicial y la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
Los magistrados manifestaron su asombro ante la ausencia de un análisis pormenorizado del impacto económico de la normativa, máxime teniendo en cuenta su naturaleza fundamental en cuanto al régimen económico de la profesión de procurador, la cual desempeña un rol indispensable en la Administración de Justicia en España.
La sentencia resaltó, asimismo, que la mención al impacto de la norma en la competencia adolecía de generalidad y carecía de una justificación argumental adecuada. Además, se subrayó que la reforma no podía considerarse de escasa relevancia para el colectivo afectado, a pesar de las afirmaciones de la Administración en cuanto a la expectativa de una reforma más sustancial en un futuro próximo.
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