LA CLÁUSULA SUELO
Juzgados y Tribunales de toda España ya habían entendido que este tipo de cláusula desvirtúa en algunos supuestos la esencia misma del contrato de préstamo a interés variable suscrito, pues al pactar un tipo de interés fijo mínimo se evita que varíe en función de las fluctuaciones del mercado y se elimina tal riesgo en el negocio como prestamista para la entidad financiera, ya que se logra un incremento artificial del tipo de interés ante las tendencias bajistas del mercado hipotecario justo cuando favorecen al prestatario hipotecado.
RECLAMACIÓN JUDICIAL Y DEVOLUCIÓN DE CANTIDADES
El pronunciamiento del TS, así como la interpretación que estaban realizando diferentes juzgados, ha animando a los usuarios de bancos y cajas a revisar las condiciones de sus hipotecas e incluso obtener la declaración de nulidad en los supuestos de falta de transparencia de las cláusulas suelo, con la consecuente devolución de aquellas cantidades satisfechas por aplicación de esta cláusula viciada de nulidad.
También están siendo suspendidas ejecuciones hipotecarias en las que la cantidad reclamada es resultado de la aplicación de esta cláusula en los supuestos en los que ha sido solicitada judicialmente su nulidad ante la ausencia de deuda cierta.
Por ello, ponemos a su disposición a nuestro equipo de abogados para el estudio de la literalidad de las cláusulas y condiciones del préstamo hipotecario, evaluando así las posibilidades de éxito de una acción de declaración de nulidad y reclamación de las cantidades satisfechas por aplicación de esta cláusula.