Dicho complemento se legisló para que únicamente fuese aplicable a las mujeres. Sin embargo, en sentencia de 12 de diciembre de 2019, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea estableció que dicho precepto era contrario al principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres, constituyendo una discriminación directa por razón de sexo.
Desde dicha sentencia, los tribunales españoles están fallando en el sentido de conceder también el complemento a los hombres, debiendo iniciar la solicitud en vía administrativa y, tras el rechazo de la misma, se podrá iniciar la vía judicial, en la cual existen altas posibilidades de éxito.
En base a dicha alta viabilidad, si se encuentra interesado, no dude en contactar con nosotros, informándoles de la documentación necesaria para iniciar la reclamación.